
El tema de la instalación de rociadores en cuartos de baño ha traído siempre un poco de polémica, situación que merece hacer un artículo tratando este asunto. La NFPA 13 jamás ha exceptuado que los baños dejen de tener rociadores, el argumento para no obviarlos es que un cuarto de baño siempre puede ser una fuente de energía calorífica y en algunas ocasiones de altas cargas calóricas, en donde los papeles higiénicos, toallas femeninas, artículos derivados del alcohol, aerosoles, artículos de limpieza, inflamables presurizados, toallas de felpa, plásticos, etc., se encuentran concentrados.




Bajo el principio anterior, se han generado muchas discusiones en los comités de la norma NFPA 13, uno de ellos está relacionado a si los cuartos de baño en hoteles pueden clasificar como ambientes de riesgo. El argumento es que un baño en una habitación de hotel no entraba en la clasificación de baño con alta carga calórica, debido a que un huésped normalmente no guarda demasiados materiales combustibles, ya que su ocupación es momentánea e itinerante, la principal preocupación de los hoteleros era sólo gastar en un rociador por habitación y no tener que colocar dos. Hasta la edición 2013 de la norma NFPA 13, el comité aceptó que el argumento de omitir los rociadores en cuartos de baño de hoteles y moteles era aceptable, pero siempre y cuando el baño no supere de 5.1 m^2 de superficie, este valor es histórico y se repite en varias partes de la norma para otro tipo de ambientes que están exceptuados de los rociadores. En efecto el numeral 8.15.8.1.1 de la edición 2013 de la norma NFPA 13 exceptuaba de rociadores a las unidades de vivienda ubicadas únicamente en hoteles y moteles. En la edición del 2016 se hacen dos importantes cambios, el primero de ellos es que se comienza a aplicar la excepción de omitir los rociadores en cuartos de baño a todas las unidades de vivienda que no excedan de 5.1 m^2 y el segundo es que se incorpora adicionalmente la exigencia expresa de no obviar rociadores en cuartos de baño de casas de enfermeras y de cuidado de ancianos. El argumento en este caso se basa en el concepto definido por la NFPA 101 que una instalación de este tipo ofrece cuidado continuo de ancianos y enfermos donde la situación de un incendio que se inicie en el cuarto de baño, puede ser crítica para la evacuación de las personas. También incorpora el concepto de no omitir los rociadores en cuartos de baño cuando éstos se encuentran conectados a un corredor publico o una vía de escape, lo que obliga a que un cuarto de baño independientemente de su tamaño, debe ser implementado con rociadores cuando se encuentra contiguo a una vía de escape, sea cual fuera el caso. En el año 2019 se mantienen las mismas indicaciones, sólo cambiando de numeral de acuerdo a la reorganización que sufrió esta versión de la norma.

Paralelamente a este evento, la NFPA como institución ha venido luchando incansablemente para que los rociadores sean obligatorios en las viviendas unifamiliares y bifamiliares (esta última es una costumbre muy americana de hacer casas para dos familias con una sola estructura común) y en edificios de vivienda de baja altura (Edificaciones residenciales de no más de 4 pisos y no más de 18 metros de altura); para ello nacen las normas NFPA 13D y NFPA 13R, que son una especie de normas NFPA 13, pero con muchas concesiones específicas para hacerlas más alcanzables económicamente a las exigencias de rociadores en una vivienda. Entre las concesiones que hacen las normas NFPA 13D y NFPA 13R, tradicionalmente ha estado indicada la excepción de rociadores a los baños, siempre y cuando tengan menos de 5.1 m^2. En otras palabras, aplica el mismo argumento de los hoteles, pero dándole un sentido distinto que asume que estadísticamente no es un riesgo importante. Sin embargo, en el fondo lo que se busca es reducir los costos del sistema para vencer la resistencia gubernamental que existe en los EE. UU. a la exigencia de rociadores en las viviendas. La norma NFPA 101 lo que hizo inicialmente fue simplemente seguir estas indicaciones, y en tal sentido permitía obviar los rociadores en viviendas, siempre y cuando el área del baño sea menor a 5.1 m^2. Entonces desde un punto de vista técnico, quitar los rociadores de los baños de una vivienda (2 o 3 rociadores), no es nada comparado con quitar 1,000 rociadores de 1,000 baños de un mega edificio residencial.



Actualmente la relación entre la norma NFPA 13 ya no es contradictoria con la norma NFPA 101, como lo era en el año 2013. En el capítulo 30 y 31 de la edición 2018 de la norma NFPA 101 (Edificios de apartamentos nuevos y existentes) aparecen los numerales (30.3.5.4, 31.3.5.4). En las antiguas ediciones de esta norma se indicaba que los baños de viviendas que tengan menos de 5.1 m^2 no requerían de rociadores, sin embargo, en las últimas ediciones (probablemente a partir del 2015), se ha hecho extensivo este requerimiento a edificaciones residenciales y no sólo viviendas uni-bi familiares. Es decir, hacia el año 2013 y antes, la norma NFPA 101 discrepaba con la NFPA 13 y usaba como argumento un concepto que está indicado en el anexo explicativo (A.30.3.5.4, A.31.3.5.4), este argumento apunta a sustentar que el retiro del rociador del baño se basa en las estadísticas que muestran que los baños son el área de origen de los incendios en el 1% de los casos y que estos incendios no han dejado muertes o heridos, ni tampoco pérdidas de propiedades.


Esto se contradice con las propias estadísticas NFPA en incendios de departamentos en un periodo de 4 años en los EE. UU. (1986-90) que indican que los incendios originados en baños han dejado 7 muertes que representan el 0.7% de muertes por incendios en los EE. UU., 2,510 incendios que representan el 2.2% de los incendios y 101 personas heridas que representan el 1.6%. Si estas cifras no merecen atención y si no se toma en cuenta que ahorrarse un rociador en un baño es como ahorrarse algo de US$ 10.00 por un dispositivo que está a no más de un par de metros de un rociador vecino, entonces desde mi punto de vista este es un error conceptual que debería ser revisado.
Por otro lado, las estadísticas de incendios en baños en general (viviendas y otros casos) incrementan esta cifra al 2% de los incendios originados en los baños, si este porcentaje se considera que no es alto, y si lo que se trata es de proteger vidas, esto es como decir que no es importante evitar que el 2% de las personas se mueran o vean mermada su salud como consecuencia de un incendio.

Es preciso indicar que la omisión de los rociadores no sólo se basa en el límite de 5.1 m^2 antes indicado, sino que existen otros requisitos adicionales que deben tomarse en cuenta en conjunto, el primero de ellos es que las paredes y techos del recinto deben ser no combustibles y de combustibilidad limitada y que deben tener una barrera térmica de al menos 15 minutos de resistencia. Esta última indicación es importante, ya que el requisito de omisión de rociadores no aplica a baños que no contienen barreras térmicas, como por ejemplo la moda nueva de hacer los cuartos de baño en los hoteles y viviendas sin puerta, dada la naturaleza intima del espacio y la posibilidad de ganar amplitud visual. También es muy importante volver a recalcar que nunca se pueden omitir rociadores en los cuartos de baño, cuando éstos se encuentran conectados a una vía de escape o pueden impedir la evacuación segura de las personas.

Conclusiones
Existen confusiones causadas por las propias normativas NFPA que generan información errónea hacia los diseñadores, proyectistas, instaladores y autoridades competentes.
Los rociadores en mi concepción personal no deben ser exceptuados en los cuartos de baño.
El argumento para no obviarlos es que un cuarto de baño siempre puede ser una fuente de energía calorífica y en algunas ocasiones de altas cargas calóricas.
Las estadísticas demuestran que un cuarto de baño genera entre el 1% y 2% de los incendios en los EE.UU. y por lo tanto, merecen atención como causa de origen de los incendios.
El argumento de quitar rociadores en los cuartos de baño como método para reducir los costos del sistema de rociadores es bastante irrelevante, ya que no representan mayor reducción.
Los rociadores sólo se pueden omitir en cuartos de baño si se cumplen todas estas condiciones:

El área no debe superar de 5.1 m^2.
El baño debe ser construido con techos y paredes no combustibles y de combustibilidad limitada
El baño debe tener una barrera térmica de al menos 15 minutos de resistencia.
El baño no abre hacia un corredor o salida de escape.
Estadísticas de Incendios en edificios de apartamentos en los EE UU en el periodo 1986-1990

SIN FORMACIÓN NO HAY SALVACIÓN