
Los incendios en centros de diversión han acompañado a nuestro planeta durante toda la historia moderna, el Perú no ha sido ajeno a ellos, pues cargamos el pasivo de haber perdido 29 jóvenes en el incendio de la Discoteca Utopía.
Pero por qué preocupa tanto un incendio en un centro de diversión, quizás diría yo de la forma más simple, pero real posible que: “Se trata de un incendio en un lugar donde pueden haber muchos incapacitados, con limitada posibilidad de reaccionar rápidamente por su estado de salud (alcoholizados), que están reunidos con una alta densidad de ocupantes (hacinados), que están distraídos con un nivel de alerta muy limitado, que se encuentran en la penumbra propia del lugar y que están rodeados en algunos casos de una alta carga calórica de productos inflamables”.
Todas estas variables en conjunto actúan sinérgicamente, retroalimentándose entre ellas y agravando sus efectos, razón por la cual hay mucho de qué preocuparse.

Pasaron muchos años luego del incendio de Utopía, para que nuestras autoridades reaccionaran normativamente en materia de protección contra incendios frente a este tipo siniestros, de hecho desde el 20 de Julio del 2002 fecha en que sucedió el incendio de Utopía, hasta la promulgación de la nueva reglamentación para la protección contra incendios en centros de diversión, publicada en el Peruano el 9 de Noviembre del 2012, pasaron literalmente 10 Largos Años.
Qué pasó aquí…? Tan complejo es normar en materia de incendios en centros de diversión..? Pues la respuesta es NO, ya que esta norma tan sólo tiene 2 páginas y 23 artículos con indicaciones muy básicas y elementales sobre protección contra incendios. La norma se elaboró en el 2006 y estuvo encarpetada por 6 años en las manos de los “50 Ministros” que pasan por un Ministerio.
Luego de este doloroso proceso para promulgar tan sólo 2 páginas de este reglamento, nos encontramos con una segunda triste realidad: “no se está aplicando al 100% de las instalaciones”. De hecho dudo mucho que estemos llegando al 5% de discotecas y centros de diversión que están cumpliendo la nueva normativa, que ya tiene 6 años de haber sido promulgada, consecuentemente han pasado 16 años desde el incendio de Utopía y el avance en mejorar la protección contra incendios ha sido casi nulo.
Sin embargo como sociedad debemos reaccionar, los últimos acontecimientos en todo sentido nos están alertando que individual y colectivamente debemos intervenir sin esperar que las autoridades hagan su trabajo. Una de las formas para reaccionar como sociedad está en la forma individual de reaccionar, concretamente para el caso de los centros de diversión, es no usar los servicios de empresarios inescrupulosos que no respetan la ley, o que suavizan las exigencias con “gestiones debajo de la mesa”.

El “Poderoso Caballero Don Dinero” es un método efectivo para que estos inversionistas sientan que salirse de la ley es perder ganancias. Para ello les haré un breve resumen de los elementos que ustedes como consumidores deben exigir cuando asistan a un centro de diversión. Exigir el libro de reclamaciones e ingresar su reclamo, denunciar a las autoridades policiales y municipales la flagrancia del delito y hacer público el hecho en las redes sociales, son los tres elementos que yo recomiendo luego de constatado el incumplimiento normativo.
Método de evaluación básica del cumplimiento normativo en centros de diversión
Verificar que el local no tenga más de 6 años de antigüedad, es probable que algunas de las exigencias (pero no todas), no sean retroactivas antes de la promulgación de la ley.
Verificar que en la pista de baile no haya más de una y media personas por metro cuadrado. Otra forma de hacerlo es contar el número de metros cuadrados aproximados y el número de personas. Ejemplo si la pista de baile tiene 10 m x 10 m = 100 m^2 , no deben haber más de 150 personas bailando. Aunque parezca difícil, es fácil con un poco de práctica darse cuenta que se está superando el aforo permitido.
En las zonas que no son la pista de Baile, el ratio se reduce a 1 persona por metro cuadrado, seguir el mismo procedimiento anterior. Ejemplo 100 m^2 = 100 personas.
Verificar que hayan por lo menos dos salidas distintas y opuestas entre sí, no pueden estar ambas en la misma ubicación.
Si hay más de 500 personas deben haber no menos de 3 salidas y si hay más de 1000 personas no menos de 4 salidas, todas ellas opuestas entre sí, de preferencia en los puntos cardinales del local.
Verificar que las puertas de escape tengan barra antipanico (es un dispositivo que abre la puerta al simple empuje con cualquier parte del cuerpo, sin necesidad de operar la puerta con la mano).
Verificar que las puertas de escape abran hacia afuera, nunca hacia dentro. Esto es muy grave. ya que cuando la gente se alborota en la salida, no hay forma de que aquellos que están adelante puedan jalar la puerta, ya que están siendo aprisionados por la estampida de gente que los empuja hacia la salida.
Si el local tiene más de 100 m^2 debe contar con sistema de detección y alarma. Hay algunos matices normativos pero en forma general asumamos que a partir de ese metraje es casi obligatorio contar con este sistema.
Si el local tiene más de 250 m^2 debe contar con sistema de rociadores automáticos. Hay algunos matices normativos pero en forma general asumamos que a partir de ese metraje es casi obligatorio contar con este sistema.

No está permitido el uso de extintores portátiles con agentes de polvo químico seco, una forma fácil y rápida de darse cuenta de esto, para los que no conocen de extintores, es verificar que el cilindro no sea rojo.
La máxima distancia de recorrido desde el punto más lejano a la vía de evacuación debe ser 20 metros para Centros de Diversión no protegidos con rociadores y 45 metros para Centros de Diversión protegidos con rociadores. Hay algunos matices normativos pero en forma general asumamos que ese es el requerimiento más exigente que podría haber.
Si una o más de estas condiciones no se cumplen, sugiero lo siguiente:
Colocar el reclamo en el libro de reclamaciones y hacerle seguimiento a la respuesta.
Publicar en las redes sociales la discoteca o centro de diversión que no cumple con las condiciones de seguridad, y promover a la gente a que no consuma ese servicio.
Eventualmente llamar al serenazgo y presentar la denuncia policial por delito de exposición al peligro a otras personas.
Un último tip que no está indicado en la norma, pero ha sido adoptado en algunos países o ciudades del mundo, de preferencia asistir a centros de diversión en los cuales se cobre por adelantado. Una de las causas de muertes en incendios de discoteca es el cierre de puertas por los guardias de seguridad, temiendo que los clientes se vayan sin pagar. La primera reacción al inicio de un incendio es presumir que será controlado e impedir la salida de las personas por que no han pagado aun su cuenta.
SIN FORMACIÓN NO HAY SALVACIÓN